Sara Valentina Quevedo Delgado5-6 minutes 11/29/2024
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Lazza Capital, una microempresa creada en mayo de 2023, tiene más de 70.000 seguidores en sus redes sociales. Se promocionaba como una compañía de inversiones de ‘renta fija y renta variable 2.0 para impulsar el patrimonio con estrategias inteligentes’. Sin embargo, el pasado martes 26 de noviembre, fue suspendida por la Supersociedades por captación ilegal de dinero.
El monto de la captación, según la entidad, asciende a más de 817 millones de pesos. ‘Se afectaron a 109 personas a través de la suscripción de contratos de alianza o inversión’, detalla en la resolución 900-300965, con la cual ordenó su intervención. Pero también habría otra cantidad no identificada, en criptoactivos.
En el portafolio promocionado por internet, Lazza Capital ofrecía dos productos financieros: inversión a renta fija y renta variable, con rentabilidades de hasta el 15 % mensual sobre el capital.
El modelo de negocio ahora sancionado recibía dinero, criptoactivos y otras monedas extranjeras a través de contratos de inversión, que tenían tres denominaciones: contrato de alianza, contrato de inversión o contrato internacional de prestación de servicios profesionales. Una vez firmados, ambas partes se beneficiaban de la generación de rentas económicas.
¿Cómo se generaban? Los recursos captados eran convertidos en activos virtuales e invertidos en una sociedad de trading, otro modelo de inversión que le apuesta a obtener ganancias a corto o mediano plazo con la compra y venta de acciones, divisas, criptomonedas, entre otros activos financieros.
Lazza realizaba las operaciones en intradia (day trading), por medio de cuentas auditadas e intermediarios (brokers) regulados por la SEC de Estados Unidos, contratados por prestación de servicios.
¿Cómo funcionaba la operación?
La operación comenzaba con la consignación por parte del cliente en la cuenta bancaria de Lazza Capital. Con ese dinero, la sociedad compraba los activos virtuales, que eran ingresados en la billetera electrónica de la compañía. Una vez que la empresa tenía los criptoactivos, estos se reflejaban en el backoffice (es decir, en el usuario virtual) del asociado, y luego se distribuían a los intermediarios para que realizaran el trading.
El inversionista tenía la posibilidad de ver a través de su “usuario” los movimientos de su inversión, pero no tenía el control de ellos, es decir, no podía retirar el capital o los rendimientos sin antes ser aprobada la transacción por Lazza Capital.
La intervención
Luego de recibir algunas denuncias ciudadanas de una posible captación ilegal, la Supersociedades inició investigación administrativa en contra de la compañía. Analizó 610 contratos suscritos por la sociedad, de los cuales “en 127, el monto del aporte se realizó por el inversionista en pesos colombianos. Los otros contratos tienen pactadas inversiones en pesos mexicanos, dólares y activos virtuales, denominados en los contratos criptomonedas (USTD)”.
El ente regulador recordó que en Colombia no existe un marco legal sobre los activos virtuales. No son una moneda reconocida. Así mismo, que “la emisión exclusiva e indelegable de la moneda legal, instituida por billetes y moneda metálica, la ejerce el Banco de la República”. Por esta razón, ninguna persona está obligada a recibirlos como medio de pago de bienes o servicios.
Por la misma razón, la ausencia del marco legal, no existen herramientas para proteger o supervisar este tipo de operaciones, de manera que los riesgos los asume cada persona. Este vacío en la cuantificación de los fondos, se reflejó en la contabilidad auditada. “No muestra de manera razonable la situación real del negocio, por cuanto no se reconocieron los inventarios de activos virtuales (criptoactivos) que debía poseer, dado su modelo de negocio”.
Bajo estos argumentos, la Super, a través de la intervención -que ordenó la suspensión de las operaciones de Lazza Capital-, iniciará el proceso judicial para tramitar la devolución de los dineros. Las personas afectadas podrán recibir una reparación económica, demostrando los comprobantes de las inversiones que realizaron en esta compañía.
“Recordamos a la ciudadanía el deber de información que tienen para que así eviten entregar su dinero a personas que ofrecen rentabilidades fijas y sin autorización para captar dineros. Advertimos sobre el debido cuidado y diligencia que deben aplicar las personas en la gestión de sus negocios con activos virtuales (criptoactivos), constatando la existencia de los mismos, que deben estar reflejados en la contabilidad. Por esta razón, estos negocios llevan implícito un grado de conocimiento y habilidades en el uso de tecnologías”, aseguró el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar.
Esta anotación la hace el Superintendente, dado que, apalancados por las redes sociales, el país está viviendo una proliferación de estos negocios. La Supersociedades continuará su labor de vigilancia para evitar las captaciones.
SARA VALENTINA QUEVEDO
Redacción Justicia